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lunes, abril 29, 2024

ACLARANDO IDEAS A DESCONOCEDORES O IGNORANTES

Por Gervasio Portilla

Aunque parezca increíble, parece obligado recordar a los políticos que en su impotencia, incapacidad de gestión, desconocimiento o cualquier otra circunstancia piden, sabiéndolo o no, la vulneración implícita de principios consagrados por multitud de convenciones internacionales y  en la propia Constitución Española, cuestiones tan “descabelladas” como la vacunación obligatoria o la exigencia de certificados de vacunación para entrar en restaurantes o espectáculos públicos.

Empecemos por lo que dice la Constitución Española, el articulo 10, comienza con una declaración solemne: “La dignidad de las personas, los derechos inviolables, que le son inherentes, el libre desarrollo de su personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamentos del orden político y de la paz social».

Dice por otro lado la Constitución en su articulo 14: “Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social«.

En su articulo 15 recoge: «Todos tienen derecho a la vida y a la INTEGRIDAD FÍSICA Y MORAL, sin que en ningún caso puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra».

Por su parte en la DECLARACIÓN DE HELSINKI-Principios éticos para las investigaciones médicas en seres humanos, recoge diferentes apartados claros y contundentes, sobre las medidas que preservan los derechos de los individuos.

El punto 21 de la citada Declaración, señala lo siguiente: Siempre debe respetarse el derecho de los participantes (se refiere a las personas) a proteger su integridad.

Debe tomarse toda clase de precauciones para resguardar la intimidad de los individuos, la confidencialidad de la información del paciente y para reducir al mínimo las consecuencias de la investigación sobre su integridad física y mental y su personalidad.

Por otro lado la Ley de Protección de datos de nuestro país es muy estricta al respecto y recoge multas de hasta 601.000 euros de multas por violar la confidencialidad.

Podríamos mencionar más convenios internacionales al respecto, para que aquellos políticos por desconocimiento, ignorancia premeditada, quieren ponerse “por montera” principios básicos en cualquier estado de derechos que se precie.

Es más, insistir en discriminar, en presionar en cualquier sentido, pudiera llegar a ser delito aparte de una inmoralidad.

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