El Tribunal Supremo (TS) anulará todas las multas que se impusieron durante el confinamiento tras la decisión de la Sala de lo Penal de anular una condena por delito de desobediencia a una persona que se saltó el confinamiento durante el Estado de Alarma.
El Alto tribunal enmarca su decisión en el hecho de que el Constitucional declaró en su momento inconstitucional el Estado de Alarma, por lo que de esta manera abre la puerta a que se anulen todas las multas y condenas impuestas durante el confinamiento.
La sentencia, determina que el ciudadano que interpuso el recurso ante el TS queda absuelto de la condena debido a que el tribunal de garantías tumbó parte de las medidas adoptadas por el Gobierno de Pedro Sánchez.
El fallo del Supremo, del que ha sido ponente el magistrado Julián Sánchez Melgar anula la orden impuesta por la policía a un ciudadano gallego que se saltó en repetidas ocasiones el confinamiento domiciliario que en ese momento estaba impuesto.
El argumento del fallo determina que la orden en la que los agentes obligaban al ciudadano a encerrarse en su casa fue «antijurídica» y por tanto la desobediencia no puede ser base de ninguna condena.
El 9 de marzo de 2022, la misma Sala de lo Penal ya absolvió a otro ciudadano del delito de desobediencia grave a agentes de la autoridad y dejó sin efecto las medidas adaptadas contra él durante el estado de alarma.