Es imprescindible abrir un debate en la sociedad en torno al concepto de INDEPENDENCIA JUDICIAL, porque en mi opinión, o no se explica bien o no se entiende nada.
Todos citan a Montesquieu pero es como si yo cito a Einstein. Que el espacio y el tiempo son conceptos relativos..
¡Y qué mas?
¿Hay más?
Pues, eso….
Montesquieu cruzó de los siglos XVII al XVIII, en la Francia de los estamentos sociales, siendo Barón. Pertenecía a la nobleza.
Dificilmente podía tener el concepto de poder legislativo que tenemos nosotros cuando el pueblo llano no votaba.
Dificilmente podría tener un poder judicial asimilable al nuestro cuando se ahorcaba a niños de nueve años por haber robado un chorizo.
En cuanto al poder ejecutivo..¿me equivoco mucho al recordar que entonces reinaban monarquías absolutas? Luis XV y Luis XVI. Doble ración de borbones, toma yaaa.
¿Cual era la limitación que sobre el poder omnímodo del rey ejercía el legislativo?
¿Y el judicial?
Porque cuando más tarde se cortó alguna cabeza creo que tuvieron que recurrir a una revolución. Así, por lo tranquilo como que no salía la cosa…
En fin, su pensamiento, el de Montesquieu ,ha formado parte de la base de los principios del Estado de Derecho.
Tres poderes: legislativo, judicial y ejecutivo. Independientes.
Y ya está!
¿Cómo que ya está? ¿No falta aquí la mitad?
Que son independientes pero actüan de contrapesos. Se controlan unos a otros.
Al legislativo lo controlamos los ciudadanos, si no nos gustan, votamos a otros. Tambien el Judicial. Si un diputado sale de madre, juicio, inhabilitación y se le quita el acta.
Al ejecutivo lo nombra el legislativo. Y lo puede quitar con moción de censura.
¿Y al Judicial? ¿Cómo se le controla?
“No se preocupen uds que ya nos controlamos a nosotros mismos”
¡Y una olla como…! No, que es al revés.
Se le controla precisamente aprobando por el legislativo las leyes que gobiernan su funcionamiento, por ejemplo LA LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL. Pero luego, ¿quien juzga a los jueces? Respuesta ,El CGPJ al que teóricamente lo nombra el legislativo. Y una vez nombrado, ¿si no cumple? Pregunto.
Santa Rita, Rita, Rita, lo que se nombra no se quita.
El estado de derecho tiene tres patas y es posible que esté cojeando de una de ellas..
Aún así, digamos que tienen independencia, vamos a imaginar que si.
¿En qué consiste la independencia judicial? Pregunto.
En que ni el Rey de España, ni el Presidente del Gobierno, ni el Congreso pueden tumbar una sentencia judicial. Sólo los tribunales superiores pueden tumbar las de los inferiores
Esta independencia ¿no se respeta?
¿Está dando órdenes Pedro Sanchez para que se declare la inocencia del Fiscal General del Estado? Está diciendo que confía en su inocencia, pero no está dando orden alguna precisamente porque existe la independencia judicial.
Luego, ¿de qué se quejan?
De que se comenta , andaaaa, que no se puede comentar, no se puede decir nada, yaaa…
O sea que lo que quieren no es independencia, pretenden la impunidad por la vía de cercenar la libertad de expresión de aquellos que no estén de acuerdo…
Creo que una cosa es la Independencia Judicial y otra muy distinta DEIFICAR a los jueces , concediéndoles el sagrado don de la Omnisciencia, en una especie de sagrado dogma. Determinados conceptos no se deben aplicar en un país tan fanático y atrasado como el nuestro , donde para luchar contra inundaciones la solución es sacar vírgenes en procesión, he dicho.


















