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martes, septiembre 10, 2024

VOX denuncia ante la Audiencia Nacional el cartel de las fiestas de Bilbao que amenaza a Santiago Abascal

La Audiencia Nacional rechaza suspender los conciertos publicitados con dicho cartel aunque ve indicios de delito

VOX ha presentado una denuncia ante la Audiencia Nacional tras la difusión de un cartel durante las fiestas de Bilbao en el que aparece la cara de Santiago Abascal con un charco rojo que escenifica y simboliza un charco de sangre, al modo al que resultaría si le pegaran un tiro en la cabeza, por los delitos de AMENAZAS contenidos en los artículos 169.2 y 170 .1 Código Penal, ODIO que contempla el artículo 510 Código Penal, y ENALTECIMIENTO Y APOLOGÍA DEL TERRORISMO, artículo 578 y 579 Código Penal y pide la suspensión del acto convocado para mañana 24 de agosto.

En el escrito, la Vicesecretaria Nacional Jurídica de VOX indica que “La difusión del cartel e incluso la celebración del acto, fomenta la violencia, justifica su uso por causa de diferencias y motivos ideológicos, y por tanto, se encuadra en un acto ilegal”. Además, que “Santiago Abascal Conde, presidente del partido político VOX, ha sido durante toda su vida, objetivo del terrorismo de ETA, constituye además un claro ejemplo de apología del terrorismo.”

La formación que preside Santiago Abascal indica que “la utilización de un cartel anuncio de una celebración lúdico-festiva por parte de los organizadores no puede ampararse en la libertad de expresión, pues ha superado todos los límites, ni encubrirse bajo algo neutro y de expresión festiva, pues con él, se ha superado los límites de expresión permitidos, pues todos los ciudadanos, y con mayor motivo los ciudadanos de Bilbao y Vizcaya, identifican el señalamiento de las personas con su fotografía y un tiro, o una diana, como se fueron realizando durante muchos años, con la amenaza real y certera de su próximo asesinato.”

La imagen de Santiago Abascal tiroteado incita, promueve y fomenta el odio contra su persona, y unida a su persona, a la violencia contra los dirigentes, cargos, simpatizantes y votantes de VOX.

Esta incitación al odio está causada por tanto, por motivos ideológicos y políticos, y atenta de este modo a la dignidad y principio de igualdad y no discriminación -que protegen los artículos 10, 14 de la CE y 2 DUDH-.

Además, la incitación de odio, hasta el alcance de instar a su asesinato, como es pegar un tiro en la cabeza a una persona, es un delito de riesgo y peligro, al exaltar una acción violenta de tal gravedad que provoca además de sentimientos de incitación a la violencia, discriminación y odio, la realización efectiva de la acción descrita.

La muestra de un método de amenaza y asesinato, utilizado inveteradamente por la banda terrorista ETA, muestra un beneplácito, aceptación y alabanza a los mismos, que resulta injustificable, tanto en relación a la persona de Santiago Abascal Conde, -por haber sido objeto de múltiples ataques y amenazas dirigidas a su familia por ETA-, como para todas las personas que lo fueron así como a las víctimas que murieron a manos de esta banda terrorista, que constituye el delito de enaltecimiento y apología del terrorismo.

La denuncia presentada solicita que los órganos judiciales pidan al Ayuntamiento de Bilbao la identificación de los convocantes del acto para que puedan ser juzgados por los delitos de los que se les acusa, así como la suspensión del acto convocado.

LA AN RECHAZA SUSPENDER LAS FIESTAS

el juez de la Audiencia Nacional, Joaquín Gadea ha rechazado suspender los conciertos previstos en la noche de este jueves previstos en las fiestas de Bilbao, cuyo cartel de propaganda era una imagen del presidente de Vox, Santiago Abascal, víctima de un tiro en la nuca del que brota sangre.

El juez en su auto, conocido este jueves, que la suspensión que solicita Vox es «precipitada», ya que «la existencia de indicios racionales de criminalidad no justifica, sin embargo, la suspensión del acto convocado al no apreciarse un riesgo concreto derivado de permitir su celebración».

Según el Magistrado se puede separar claramente entre una acción consumada, que sería la publicación del cartel y que por si sola presenta indicios de delito de enaltecimiento y/o apología del terrorismo, y de otro, el evento o acto concreto que se publicita.

«Una persona que ha sido amenazada durante parte de su vida política por la banda terrorista ETA, por tanto de una víctima de amenazas terroristas» en relación a Santiago Abascal por lo que ve indicios de delito.

NO se queda ahí el Magistrado que añade que dicho cartel «se dirige precisamente a un colectivo cercano o próximo ideológicamente a los postulados de la organización terrorista, por tanto, a personas en quienes podría despertarse un interés o deseo en ver materializado lo que el cartel representa».

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