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martes, septiembre 17, 2024

La sentencia del TSJC avisa a la «Ley Celaá» al dictaminar que la escuela concertada debe recibir las ayudas en Cataluña

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha admitido las medidas cautelares solicitadas contra una resolución del Govern que denegaba los conciertos con los centros educativos que separan por sexo, en una resolución conocida esta mañana, ordenado renovar dicho concierto por unos seis años más a partir de este curso que se ha iniciado.

En mayo la Generalitat publicó en su diario oficial (DOGC) su decisión de no renovar los acuerdos de concierto educativo con una docena de centros educativos catalanes que diferenciaban por sexo que fue impulsada por el consejero ERC, Josep Bargalló y que ha quedado suspendida cautelármente por lo que los colegios afectados, principalmente ligados a órdenes religiosas, podrán seguir recibiendo, hasta que se resuelva definitivamente, la financiación pública.

«Esta resolución avala, nuevamente, el derecho de las familias a poder elegir cualquier centro del Servicio de Educación de Cataluña, y garantiza la pluralidad. Además, hay que recordar que el Tribunal Constitucional reconoce que los centros de educación diferenciada deben poder acceder al sistema de financiación pública ‘en condiciones de igualdad respecto al resto de centros educativos’, sin que el carácter del centro como centro de educación diferenciada pueda convertirse en un ‘obstáculo’ para dicho acceso» han indicado desde la Federación de Asociaciones de Padres y Madres de Escuelas Libres de Cataluña (Fapel).

Por eso desde FAPEL consideran que es un aviso a la Ley Celaá porque «también deniega el derecho a la financiación de estas escuelas, y esperamos que los tribunales así lo determinen nuevamente» ya que atenta contra la pluralidad, la igualdad de oportunidades y la libertad de educación.

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