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lunes, septiembre 16, 2024

La Fiscalía sale al rescate del Gobierno y ordena no rebajar las penas a los violadores pero la decisión final será de los jueces

Se establece en el decreto que la revisión procederá únicamente cuando la pena impuesta exceda en abstracto a la que correspondería imponer en aplicación a la ley del 'solo sí es sí'

La Fiscalía General del Estado ha salido al rescate del Gobierno con la polémica generada en la aplicación de la Ley del «Solo si es si», Álvaro García, unificando criterio y ha ordenado a todos los fiscales que se opongan a rebajar las penas de violadores cuando estas se contemplen dentro de la ley estrella de Irene Montero, aunque la decisión final de aplicar la Ley será de los jueces .

El objetivo de la Fiscalía General del Estado es evitar que prolifere la revisión a la baja de las condenas intentando disminuir los efectos de la entrada en vigor de esta Ley del «solo si es si», con un decreto, que lleva por fecha este lunes 21 de noviembre, que trata de dar una respuesta uniforme al hasta ahora criterio dispar de los fiscales en relación a las revisiones de condenas a agresores sexuales.

El decreto, que cuenta con el acuerdo y las aportaciones de la teniente Fiscal del Tribunal Supremo, los fiscales de Sala Jefes de la Sección Penal del alto tribunal y el Fiscal de Sala Jefe ante el Tribunal Constitucional, establece que no se revisarán a la baja aquellas condenas que se contemplen en esta nueva ley.

Se establece en el decreto que la revisión procederá únicamente cuando la pena impuesta exceda en abstracto a la que correspondería imponer en aplicación a la ley del ‘solo sí es sí’. Con ello, el fiscal general admite que se seguirán rebajándose penas en estricto cumplimiento a lo recogido en la ley, aunque con esta orden se evita que se revisen las penas mínimas siempre

Aunque la Fiscalía deja claro que cada procedimiento deberá ser analizado de forma individual, «huyendo de automatismos que impidan valorar las circunstancias de cada caso» y que este criterio es de obligado cumplimiento hasta que se publique una circular de la Fiscalía General que se producirá en cuanto se someta al informe de la Junta de Fiscales de Sala.

Las directrices de la Fiscalía General van en la línea de las recogidas en anteriores circulares con motivo de las reformas acometidas en 1996, 2003, 2004 y la importante reforma del Código Penal de 2015.

De todas formas la Fiscalía respalda las decisiones de los jueces adoptadas hasta el momento en relación al principio de retroactividad de la norma y recuerda que se parte «necesariamente» de este principio, de manera que se reconoce que, ante cambios normativos, se aplica siempre el que beneficia más al reo (articulo 22 del Código Penal).

Una de las principales polémicas que envuelven la aplicación de la ley del ‘solo sí es sí’, aludieron los jueces en sus autos la necesaria aplicación con carácter retroactivo teniendo en cuenta que la ley estrella del Ministerio de Igualdad no incluía ninguna disposición transitoria que recogiera lo contrario, algo que respalda el fiscal general del Estado, al entender que no era necesario incluir una disposición transitoria ya que se aplica la adherida en la gran reforma del Código Penal acometida en 1995, cuando se propuso un cambio del sistema del sistema de penas.

«Los fiscales llevarán a cabo un proceso de análisis individualizado de los procedimientos afectados por esta ley, especialmente de los que ya hubieran concluido mediante sentencia condenatoria firme y se encuentren en fase de ejecución, al objeto de determinar si el nuevo marco penológico ofrecido a los tipos penales reformados resultan más beneficiosos para la persona condenada, que será oída en todo caso», reza el decreto, que concluye que se aplicará la versión que «resulte en su conjunto más favorable al reo».

La instrucción del fiscal general incluye también que se priorice el examen de los procedimientos que, con motivo de la revisión de la pena, pueda dar lugar a la excarcelación de la persona condenada.

Se trata de casos tangibles que ya se han estudiado en tribunales como la Audiencia Provincial de Madrid. En este caso, los magistrados solicitaron la excarcelación inmediata de un reo condenado en 2014 tras reducírsele la condena en aplicación de la Ley del «solo si es si».

La Fiscalía mantiene el criterio adoptado la semana pasada cuando ordenó que se diera traslado a la Secretaría Técnica de los autos dictados en los tribunales que se hayan revisado a tenor de la entrada en vigor de la Ley Montero así como de los informes fiscales sobre los mismos. El objetivo, según reza el decreto, es aunar toda esta información en aras a mantener esta unidad de criterio acordada.

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