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jueves, marzo 28, 2024

La Audiencia Provincial valida el cartel de VOX contra los menas por ser «un problema social y político»

El eslogan se entiende "en el contexto de la legítima lucha ideológica-partidista en el contexto de una contienda electoral" señala el Tribunal

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La Audiencia Provincial de Madrid ha dado validez al cartel electoral que esgrimió VOX durante la campaña electora a la comunidad del pasado 4 M contra los menores extranjeros no acompañados (MENAS) en el que se comparaba la pensión de jubilación que recibe un mayor con el gasto mensual dedicado a estos, al afectar a «un evidente problema social y político».

En su auto, el Tribunal rechazan el recurso presentado por el fiscal, al que se adhirió el PSOE, contra el auto del Juzgado de Instrucción número 53 de Madrid quien también acordó el sobreseimiento provisional y el archivo de la causa.

Hay que recordar que en el recurso presentado por el Ministerio Público, entendía que ello inducía a una «negativa» respuesta social hacia un colectivo ya «doblemente vulnerable» como los menores extranjeros no acompañados.

Pero los magistrados consideran que «con independencia de si las cifras que se ofrecen son o no veraces» este colectivo representa «un evidente problema social y político incluso con consecuencias o efectos en nuestras relaciones internacionales, como resulta notorio».

La Sala indica que «comparte plenamente la resolución recurrida», ya que considera que ha de situarse en «una doble coordenada». Por un lado, «en el contexto de la legítima lucha ideológica-partidista en el contexto de una contienda electoral donde constituye una máxima de la experiencia los excesos verbales que se cometen por unos y otros actores políticos«.

En su auto el Tribunal señala que «el hecho de recordar que en el orden penal están prohibidas las interpretaciones contra reo, cuando quepan otras explicaciones no necesariamente delictivas».

«El cartel también puede interpretarse como un mensaje electoral a un colectivo mucho más numeroso que el de los Menas, en el que se presenta una crítica gráfica y directa sobre la cuantía de las pensiones -en particular de jubilación o viudedad- en contraste con lo que se gasta en otras atenciones o finalidades, como es el sostenimiento de dichos jóvenes», ha puntualizado al Audiencia Provincial.

Por eso, no cabe «tildar de delictivas la emisión de ciertas ideas, salvo que su finalidad sea amenazar, injuriar o menospreciar, es decir, que aun suponiendo una crítica, ésta es legítima si se expresa de modo que no persiga dichos fines ilícitos».

El auto concluye que «se trata de un eslogan electoral, que como tal no permite considerarlo, mediante un uso alternativo del derecho, como unas ideas a prohibir mientras han de admitirse otras de signo contrario, pero tan criticables o más que éstas».

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