La Audiencia Provincial de Madrid, tras revisar los recursos e investigaciones que aborda el magistrado Juan Carlos Peinado en el llamado ‘caso Begoña Gómez’, ha dictado una nueva resolución en la que han precisado que «se podría deducir» que la mujer de Sánchez se aprovechaba de «su proximidad al Presidente del Gobierno, como su esposa, para vender supuestos favores u ofrecer supuestas influencias».
Los magistrados señalan en su auto que «a cambio de contraprestaciónes de la más diversa índole encaminadas a proyectar su carrera profesional en la búsqueda de una posición privilegiada, en un sector novedoso, como es, el de la captación de fondos por entidades, en relación a establecimiento de criterios de responsabilidad social competitiva transformadora de la sociedad».
Además, levantan la imputación del directivo del Instituto de Empresa, Juan José Güemes, y del rector de la Universidad Complutense de Madrid, Joaquín Goyache, al estimar que no hay indicios suficientes para mantenerlos bajo esa condición.
Por segunda vez, cierra la puerta a que se investigue, al menos en esta causa, el rescate de 475 millones de euros de la compañía aérea Air Europa durante la pandemia, atendiendo así a las peticiones de los recursos planteados por la Fiscalía y por la esposa del presidente del Gobierno.
También mantiene la condición de investigado al empresario Juan Carlos Barrabés «sin perjuicio de la pérdida de valor probatorio de toda manifestación testifical incriminatoria no ratificada con información de sus derechos y asistido de letrado».
Asimismo, los magistrados también consideran que la declaración del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez como testigo fue «útil y pertinente porque de las diligencias practicadas se deducen múltiples reuniones para la constitución de la Cátedra de Transformación Social Competitiva, celebradas en el entorno institucional de la Presidencia del Gobierno, habiendo estado presente en alguna ocasión el presidente».
AIR EUROPA
En lo que respecta al rescate, la Audiencia deja sin efecto la petición del juez instructor, Juan Carlos Peinado, en la que requería a la SEPI los expedientes completos de las ayudas otorgadas por el Gobierno durante la Pandemia del Covid a la mercantil Air Europa porque los hechos «han sido excluidos de la investigación en dos ocasiones».
Sin embargo, un informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil remitido al Supremo, en el marco del ‘caso Koldo’, hablaba sobre la supuesta influencia de empresarios y políticos en ese rescate durante la pandemia. Por tanto, no queda dicha aún la última palabra respecto a aquel rescate, que fue priorizado por La Moncloa respecto a la petición de muchas otras empresas en 2020, que se encontraban en una delicada situación económica durante la pandemia.
El juez Peinado insistía hace unas semanas en investigar el caso de Air Europa al considerar que la esposa de Pedro participó en él. Uno de los motivos que le llevaron a tomar esta decisión fueron los informes de la UCO del ‘caso Koldo’ en los que la Benemérita destacó que Javier Hidalgo, entonces CEO de Globalia, que es la propietaria de Air Europa, «llamó a Begoña para desbloquear el rescate de Air Europa».
En concreto, el informe que avanzó este digital recogía una conversación con fecha de 3 de septiembre de 2020 donde Víctor de Aldama, considerado «nexo corruptor» de la trama, le decía al exministro de Transportes José Luis Ábalos que Hidalgo estaba «muy jodido» por la lentitud del rescate y que, por ello había tenido que llamar a la esposa del presidente para «buscarse la vida».
DESIMPUTA A GÜEMES Y GOYACHE
Por lo que respecta a Güemes, la Sección entiende que su declaración se interrumpió y se le citó como investigado posteriormente por una supuesta contradicción de lo declarado con lo manifestado por una testigo del IE de la que no se sacó ningún conclusión respecto a que Begoña Gómez «hubiera sido contratada por el Instituto de Empresa para África Center, por ser la esposa del Presidente del Gobierno».
Güemes declaró conocer a la esposa del presidente desde 2.017, así como la experiencia y conocimientos que tenía, considerándola capaz para desempeñar el cargo que se le encomendaba, mediante el contrato laboral suscrito el 1 de agosto de 2018. «Estos hechos quedan fuera de la investigación del delito de tráfico de influencias al que se refiere esta instrucción, referidos a la creación de la Dirección del África Center en el Instituto de Empresa».
También dejan sin efecto la imputación de Goyache en relación a la creación de la Cátedra Extraordinaria de Transformación Social Competitiva «ante la ausencia de datos objetivos incriminatorios en los que asentar su condición de investigado en los delitos de tráfico de influencias, en el momento de su declaración».