El Tribunal Supremo ha solicitado el suplicatorio al Congreso de los Diputados para el exministro y exsecretario general del PSDOE, José Luis Ábalos al apreciar indicios de hasta cuatro delitos como integración en organización criminal, tráfico de influencias, cohecho y malversación.
Así lo ha determinado el juez instructor del ‘caso Koldo’, Leopoldo Puente, quien ha ha dictado un auto en el que señala que lo declarado por Ábalos el pasado viernes «no se aviene» con los documentos y declaraciones que obran en el sumario, en el que se contienen indicios de que pudo prevalerse de su condición de ministro de Transportes para, a cambio de determinados beneficios económicos, determinar la adjudicación de contratos para la adquisición de material sanitario a las empresas de Víctor de Aldama.
Según el magistrado, que lleva el «caso Koldo» en este momento, «parece indiciariamente justificado» que se benefició del pago del alquiler de la vivienda de su novia en Madrid, del alquiler con opción a compra de un chalet en Cádiz y de un contrato de alquiler con opción de compra de un piso en el paseo de la Castellana de Madrid por un precio por debajo de mercado.
El magistrado detalla que, a partir de las declaraciones prestadas en la causa por el aforado y los otros dos investigados, Víctor De Aldama Delgado y Koldo García, y de «los documentos aportados por ellos», así como del «resultado de las intervenciones telefónicas y registros domiciliarios» que se llevaron a término en la causa seguida, inicialmente y contra otros presuntos implicados, ante el Juzgado Central de Instrucción número 2, «existen elementos bastantes para, siempre en los términos indiciarios que resultan propios de la fase procesal en la que nos encontramos, considerar que el aforado pudiera, prevaliéndose de su condición de Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA)».
«A cambio de determinados beneficios económicos que obtuvo por ello para sí, haber determinado la adjudicación de varios contratos de la Administración pública o el sector público institucional con empresas privadas, en el marco de la situación de emergencia determinada por la pandemia del Covid-19, en particular relativos a la adquisición, por vía de urgencia y emergencia, de material sanitario, mascarillas, trajes especiales y laboratorios para identificar vestigios de la enfermedad», detalla el magistrado en su auto.
Insiste el juez en su auto que »resultaría que el también investigado en esta causa, don Víctor Gonzalo de Aldama Delgado, aprovechando la relación personal que le unía con el aforado y con quien era entonces uno de sus asesores, don Koldo García Izaguirre, investigado también en esta causa especial, habría obtenido información previa sobre las necesidades derivadas de la urgencia, lo que le permitió articular una oferta para asegurar la adjudicación del contrato de suministro en favor de la empresa cuyos intereses promovía, Soluciones de Gestión y Ayuda a las empresas, S.L., así como podría haber obtenido también, antes y después, por un procedimiento semejante, la perfección de otros contratos de empresas y particulares con la Administración pública y/o institucional».
Para el juez «Los resultados obtenidos de la investigación permiten afirmar, siempre en los términos indiciarios ya señalados, que el asesor del aforado ante esta Sala, don Koldo García Izaguirre, intervenía activamente en la contratación, gestionaba los contratos de adjudicaciones a las empresas y, al tiempo, realizaba operaciones para ocultar los cobros recibidos de la organización y en las que el aforado ante esta Sala, don José Luis Ábalos Meco, también intervenía, personalmente y utilizando los oficios de su asesor en el Ministerio e, indiciariamente, disfrutando de los ilícitos beneficios económicos que tales actuaciones pudieran haberle generado».