La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha cambiado su criterio y ha ahora sí, ha acordado admitir a trámite los recursos interpuestos contra los indultos concedidos por el Gobierno de Pedro Sánchez, a los presos independentistas catalanes.
De esta forma los magistrados de la Sección Quinta del Supremo han revertido su criterio y se ha acordado estimarlo por una ajustada mayoría de tres votos a favor frente a dos en contra.
El pasado mes de enero, se decidió por mayoría estimar las alegaciones de la Abogacía General del Estado en relación con la falta de legitimación activa en los recursos interpuestos contra los Reales Decretos por los que fueron indultados nueve condenados en la causa del ‘procés’.
Con la decisión adoptada hoy, el tribunal rectifica y estima todos los recursos excepto el interpuesto por la asociación Pro Patrimonium Sijera y Jerusalem, rechaza por unanimidad. En cuanto al resto, el tribunal ordena continuar los procedimientos y pospone al trámite de sentencia el pronunciamiento sobre la falta de legitimación de todos los recurrentes planteada por los servicios jurídicos del Estado.
La Sala Tercera del Tribunal Supremo analizará los escritos presentados por Convivencia Cívica, los líderes de Ciudadanos, Vox, PP; diputados y exdiputados del Parlamento de Cataluña del Partido Popular Alejandro Fernández, Santiago Rodríguez, Andrea Levy, Juan Bautista Milian y Lorena Roldán y del exdelegado del Gobierno en Cataluña Enric Milló.
El alto tribunal corrige su criterio adoptado a comienzos de año cuando, en nueve autos separados, declinó estudiar todos estos recursos. El debate giró entonces entorno a la legitimación que tenían las asociaciones y partidos políticos de recurrir los indultos otorgado por el Ejecutivo de Pedro Sánchez, para el exvicepresidente catalán Oriol Junqueras, los exconsejeros Joaquim Forn, Josep Rull, Jordi Turull, Raül Romeva, Dolors Bassa, los exlíderes de ANC y Òmnium Jordi Sànchez y Jordi Cuixart y la expresidenta del Parlament Carme Forcadell.
La decisión contó con los votos favorables de los magistrados Segundo Menéndez, Octavio Juan Herrero y Ángeles Huet frente a la oposición de Wenceslao Olea y Fernando Román que emitieron voto particular. Se da la circunstancia de que la composición de la Sección Quinta ha cambiado desde enero debido a las salidas de Menéndez y Huet (ambos progresistas) y el reemplazo de esta última por la conservadora Inés María Huerta.
Olea y Román, son los que han decantado la balanza a favor de estudiar ahora los recursos contra los indultos frente al criterio de Octavio Juan Herrero y del también recientemente incorporado Ángel Ramón Arozamena.
Los dos magistrados que expresaron su voto particular en enero ya adelantaron que no compartían el criterio de sus compañeros en tanto los partidos sí tenían potestad para recurrir los nueve indulto y en su voto particular plasmaron en su voto particular que los partidos no gozan de un derecho fundamental a la tutela judicial efectiva.