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miércoles, marzo 19, 2025

El Rey firma la amnistía y se la devuelve al Gobierno para que la publique el BOE y sea oficial ya

El artículo 91 de la Constitución establece que el Rey debe ratificar el texto para luego publicarlo en el BOE, algo que corresponde Ministerio para la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, que dirige Félix Bolaños, a partir de ese momento, los tribunales cuentan con dos meses para tramitarla.

El Rey, Felipe VI, ha firmado la Ley de Amnistía, este lunes tras recibirla esta tarde en su despacho de la Zarzuela procediendo posteriormente a su devolución al Gobierno de Pedro Sánchez para que se proceda a su publicación oficial en el Boletín Oficial del Estado (BOE), y sea ya oficial.

El Gobierno de Pedro Sánchez, ha esperado a que pasaran las elecciones al Parlamento europeo de este domingo para mandárselas al Rey para que las sancionara y poder publicarla en el BOE, para su aplicación inmediata a favor de los líderes independentistas catalanes para poder seguir en La Moncloa.

El artículo 62 de la Constitución Española señala que corresponde al Rey «sancionar y promulgar las leyes«, precepto que se completa a su vez con el 91, que determina que «el Rey sancionará en el plazo de quince días las leyes aprobadas por las Cortes, las promulgará y ordenará su inmediata publicación«, de este modo, la ley de amnistía debería aparecer en el BOE en uno o dos días.

El pasado 30 de mayo el Congreso aprobaba la Ley de Amnistía con los votos de todo el bloque de investidura de Sánchez y a partir de ese momento se abrió un periodo de 15 días, como establece el artículo 91 de la Constitución Española, en el que el Rey debe ratificar el texto para luego publicarlo en el BOE, algo que corresponde Ministerio para la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, que dirige Félix Bolaños, a partir de ese momento, los tribunales cuentan con dos meses para tramitarla.

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