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martes, abril 16, 2024

El Gobierno de Sánchez se salta constantemente la Ley con 14 sentencias o resoluciones en contra de los tribunales

La última el auto del TC declarado inconstitucional el primer Estado de Alarma aunque saltarse las leyes no parece que tenga repercusiones para nadie del Ejecutivo

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El Gobierno de Pedro Sánchez lleva 14 resoluciones en contra desde que comenzó el año tras los das dos últimas resoluciones del Tribunal Constitucional (TC) como son la de declarar «inconstitucional» el primer Estado de Alarma y la del nombramiento de Rosa María Mateo como presidenta del Consejo de Adminstración de RTVE.

Al Ejecutivo de Sánchez parece que no les importa mucho las leyes y la Constitución española a tenor de estas resoluciones en contra que han llegado por reveses desde el Poder Judicial, con sentencias e informes de tribunales y Fiscalía que se han posicionado en contra de decisiones adoptadas por el Ejecutivo o de leyes que tienen intención de sacar adelante, obligándoles a tener cambiar o modificar esas propuestas.

Entre las resoluciones en contra del Gobierno de Sánchez, se encuentran la de la Audiencia Nacional suspendió las restricciones al ocio nocturno, la hostelería y eventos extraordinarios aprobadas por el Ministerio de Sanidad, accediendo así a las medidas cautelarísimas planteadas por la Comunidad de Madrid.

También la respuesta dada a recursos de Canarias y Baleares, donde el Tribunal Supremo manifestó que hubiera sido «deseable» una ley ‘ad hoc’ para combatir el coronavirus a fin de «ofrecer la máxima seguridad jurídica», al tiempo que asentó la doctrina de que, a mayor severidad de las restricciones, mayor ha de ser la justificación para imponerlas.

Otra de las cuestiones que resultó un revés para el Ejecutivo, fue la resolución del Gabinete Técnico del alto tribunal que se mostró crítico con el recurso de casación habilitado por el Gobierno para que, tras el final del estado de alarma el 9 de mayo, este órgano tuviera la última palabra sobre las medidas anticovid adoptadas por las comunidades autónomas, porque «el problema de la constitucionalidad de la posición institucional en que se viene a situar a los tribunales de justicia, como una suerte de copartícipes ejecutivos en el proceso de adopción de medidas administrativas«, añadiendo que el decreto-ley «se presenta, de forma implícita pero evidente, como una reacción legislativa contra la interpretación jurisprudencial del marco legal anterior».

Así mismo el TC anuló la disposición con la que Moncloa «blindó» la presencia del entonces vicepresidente segundo, Pablo Iglesias, en la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos de Inteligencia, dentro del decreto-ley que impulsó el 17 de marzo para paliar los efectos económicos de la pandemia, porque no concurría el presupuesto inexcusable –la extraordinaria urgencia y necesidad– que habilita al Ejecutivo para usar el decreto-ley, obviando el procedimiento legislativo ordinario o de urgencia.

Otro de los aspectos fue el asunto de los indultos a los presos del «procés», donde la Sala que los juzgó informó en contra de la concesión de cualquier tipo de indulto a estos penados, señalando que no hay desproporción en las penas impuestas y no se ha dado arrepentimiento, porque según el TS, «cuando se presentan como presos políticos quienes han sido autores de una movilización encaminada a subvertir unilateralmente el orden constitucional y a voltear el funcionamiento ordinario de las instituciones», pierde cualquier justificación.

A estos casos hay que sumar el Anteproyecto de ley de Memoria democrática, un texto que se muestra muy crítico con algunos aspectos de la llamada ‘Ley Calvo’ al estimar que vulnera la libertad de expresión, sobre todo el que se refiere a las causas de extinción de fundaciones, dado que los vocales sostienen que «la apología del franquismo, sin el requisito adicional del menosprecio o humillación a las víctimas, constituye la expresión de ideas que, aunque contrarias a los valores proclamados por la Constitución, están amparadas por la libertad de expresión«.

La ley de Libertad Sexual o del ‘solo sí es sí’, también sufrió el varapalo judicial, al aprobar por unanimidad un texto que cuestiona algunos de los aspectos más destacados de la norma, como la definición de consentimiento o la absorción del delito de abusos sexuales en el de agresión sexual.

También desde el Ministerio Público, ha habido recriminaciones, como la surgida por el borrador del informe sobre la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), elaborado por la Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado, hace una «valoración general desfavorable» que pretende atribuir que en la investigación penal la instrucción la lleven a cabo los fiscales.

Y por último la que más quebraderos de cabeza le ha traído al Gobierno de Sánchez, es la reforma del CGPJ, que se intentó a través de dos iniciativas parlamentarias de PSOE y Unidas Podemos, pero que solo pudo llevar a cabo la que limita las competencias del órgano cuando está en funciones, ya que los socios de coalición tuvieron que retirar la que apuntaba a un cambio de las mayorías por las que se elige a los vocales ante la presión de Comisión Europea.

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