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lunes, junio 16, 2025

El Constitucional mantiene el voto telemático de Puigdemont a pesar admitir el recurso del PP

Rechaza suspender de manera cautelar el acuerdo de la Mesa del Parlament de aceptar el voto telemático de Puigdemont a pesar de haber anulado del voto telemático de Lluís Puig,

El Tribunal Constitucional ha rechazado suspender de forma cautelar el voto telemático de Carles Puigdemont y Lluis Puig en el Parlament tras la petición de un recurso admitida a trámite del Partido Popular interpuesto la semana pasada contra la decisión de la Mesa del Parlamento y lo ha hecho con los votos en contra de Enrique Arnaldo y Concepción Espejel ante el criterio mayoritario.

El Alto Tribunal ha admitido el recurso del PP al apreciar que concurre en este asunto una especial trascendencia constitucional porque pudiera tener unas consecuencias políticas generales, pero desestima la medida cautelarísima al considerar los dos votos delegados de Puigdemont y Puig, no fueron determinantes del resultado de las votaciones.

El Constitucional ordena abrir pieza separada de suspensión para que se lleve a cabo la tramitación ordinaria de la solicitud, y una vez completada la pieza, el Pleno resolverá lo procedente sobre cautelar solicitada por el Partido Popular.

La base des recurso del PP está en la anulación del voto telemático de Lluís Puig, por parte del TC, en un recurso interpuesto por el PSC de Salvador Illa en la anterior legislatura, anulando el acuerdo del Parlament de Cataluña aprobado el 18 de abril de 2023 con el que se aprobó la regulación transitoria del voto telemático hasta que no se procediera a una reforma del Reglamento del Parlament y también un segundo acuerdo al día siguiente aceptando la habilitación del procedimiento de voto telemático para Puig hasta el final de periodo de sesiones, esto es el 31 de julio del pasado año.

Unas circunstancias que se dan ahora tanto para Carles Puigdemont como Ruben Wagensberg, que tuvieron que emitir su voto telemático al no poder estar presentes en el Parlamento catalán por lo que el uso de su voto telemático podría también verse en entredicho.

Los votos en contra de no aplicar las medidas cautelarísimas de lo magistrados Espejel y Arnaldo es por entender que procedía, ante las inmediatas convocatorias del Pleno del Parlament, requerir a su presidente y a los integrantes de la Mesa que no autoricen la emisión de votos por delegación de los diputados excluidos.

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