La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha constatado que existe un número de comercializadoras eléctricas que, además de la variación en el componente regulado (peajes), han incluido un incremento en el coste del término de energía medio facturado, llegando a ser hasta un 30% superior al que correspondería, con la entrada de los nuevos peajes eléctricos y las nuevas tarifas el pasado 1 de junio.
El regulador ha comprobado que, solo puntualmente, el comercializador ha informado de manera «transparente y comprensible» al cliente, mediante comunicación específica para esta cuestión, de la introducción de modificaciones más allá de las que corresponden al mero traslado de los componentes regulados, dando la posibilidad de rescisión del contrato sin penalización, todo ello de acuerdo con la normativa vigente, informó la CNMC en un comunicado.
LA CNMC, indicó que no ha existido esa comunicación transparente a sus clientes informando sobre la actualización de precios realizada y han indicado incorrectamente que esta se ha realizado para recoger la variación de los componentes regulados y añade que la gran mayoría de los comercializadores han trasladado adecuadamente la variación en los nuevos peajes.
En cuanto a las irregularidades, el regulador ha solicitado a estas comercializadoras que realicen las regularizaciones necesarias en los contratos de sus consumidores de forma que incluyan los precios correctos y, además, les informen de manera transparente.
Según la CNMC, muchas de estas comercializadoras ya están realizando dichas regularizaciones, de esta manera, los consumidores deberían percibir la compensación equivalente por los precios que deberían haber abonado desde el 1 de junio.
El organismo afirma que está realizando un seguimiento de las regularizaciones de dichos contratos y que, en caso de que estas no sean llevadas a cabo de manera diligente y adecuada y con la transparencia necesaria para el consumidor, «podrían iniciarse las actuaciones oportunas de acuerdo con lo previsto en los artículos 44.1.e) y 65.25 de la Ley 24/2013, en lo relativo al incumplimiento de la aplicación de las medidas de protección al consumidor y, con respecto a la transparencia adoptada en las prácticas comerciales llevadas a cabo para informar al consumidor en este proceso».
El 1 de junio entró en vigor los cambios respecto a la nueva estructura y condiciones de facturación de peajes, por la que todos los consumidores pasaron a tener un peaje con discriminación horaria en los términos de potencia y energía. Concretamente, diferencia los términos de facturación de los peajes en función de los distintos periodos horarios, en su caso punta o valle.