Hoy a las 00,00 horas se ponía fin al estado de alarma decretado por el Gobierno de Pedro Sánchez el pasado día 9 de noviembre lo que supone que haya dejado de tener validez el toque de queda que en Cantabria esta impuesto a las 23,00 h. y el cierre perimetral de la comunidad autónoma, que afecta a derechos fundamentales que sin el amparo del estado de alarma carecen de validez.
Este domingo es el prime día del regreso a la mal llamada «nueva normalidad», porque la palabra en si ya lleva la connotación de «nueva» lo cual supone no ser una normalidad como la que teníamos antes de la pandemia.
A partir de estos momentos cualquier decisión que el Gobierno de Cantabria quiera adoptar que restringa las libertades recogidas por la Constitución española como fundamentales para las personas, tendrán que pasar por la aprobación de Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC), aunque de momento se mostrado bastante condescendiente con con el Ejecutivo cántabro, sobre todo en el cierre del interior de la hostelería aunque no haya una base sólida sanitaria que demuestre que en su interior se contagia más, en decisiones que da más la sensación que están basadas en no complicarse la vida con se dice habitualmente para no entrar en polémicas como los políticos-gobernantes, al contrario que en otras comunidades autónomas donde si que han echado para atrás las medidas del os gobiernos autonómicos.
Esta madrugada, a pesar de la presencia policial anunciada por la Alcaldesa de Santander, Gema Igual (PP), se ha podido comprobar los ciudadanos tenían ganas otra vez de poder salir libremente sin que nadie les imponga una hora de entrada y de salida como hasta ahora con el toque de queda.
A pesar del levantamiento del estado de alarma y del descenso diario de los índices por los que mide la pandemia en Cantabria, se mantienen la mayoría delas restricciones por parte de la Consejería de Sanidad que dirige el socialista Miguel Rodríguez.
Las restricciones que permanecen vigentes son el cierre del interior de los establecimientos de hostelería y restauración, al menos, 14 días. Asimismo, las terrazas podrán abrir al 75% del aforo y solo se permitirán las reuniones de seis personas por mesa. Los hoteles solo podrán mantener el servicio de habitaciones y la recogida o entrega a domicilio. Mientras, el aforo permitido en el comercio minorista sigue siendo de un tercio del máximo.
Por lo que se refiere a cines, teatros y espectáculos culturales, se mantiene el aforo al 50%, mientras que en lugares de culto será de un tercio del máximo permitido. En espacios públicos y privados el número máximo de personas permitidas, salvo convivientes, sigue siendo de cuatro personas. En este sentido, el límite en ceremonias religiosas o civiles se mantiene en 20 personas al aire libre y 10 en interiores.
Y por último, en espacios públicos y privados el número máximo de personas permitidas, salvo convivientes, sigue siendo de cuatro personas. En este sentido, el límite en ceremonias religiosas o civiles se mantiene en 20 personas al aire libre y 10 en interiores.