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miércoles, mayo 14, 2025

Las decisiones del TSJC sobre el cierre de la hostelería son cuestionadas por su falta de consistencia jurídica

El ponente de la sala de lo Contencioso-Administrativo ha sido Rafael Losada que no ha querido complicarse en su resolución

La decisión de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria de atender la petición de la Consejería de Sanidad de mantener cerrado el interior de los negocios de hostelería está siendo muy cuestiona al no tener una base jurídico-sanitaria muy clara y limitarse a decir que son daños que puede ser «reparables a posteriori».

Mientras en otras comunidades autónomas, como por el ejemplo en el País Vasco, el TSJPV, tomada la decisión contraria al cántabro, anulando el cierre de la hostelería al entender que no era una medida proporcional, el alto tribunal cántabro ha resulto todo lo contrario, manteniendo su cierre interior por sexta vez consecutiva.

En su resolución llega a decir que los hosteleros no aportan «prueba de los perjuicios que la aplicación inmediata de la medida cuestionada puede acarrear» pero a su vez reconoce que conlleva «obvios perjuicios económicos a los establecimientos», un razonamiento a todas luces no parece muy coherente ya que por lado dice que no aportan prueba de los perjuicios y por otro reconoce que sí existen esos daños económicos.

El ponente en este caso ha sido Rafael Losada, si bien usa los mismo o parecidos razonamientos que en la vez anterior utilizo la jueza Esther Castanedo, de tintes progresistas como portavoz que es de la asociación «Jueces y Juezas para la Democracia» y habitual colaboradora de la SER, lo cual es bastante significativo que no hay mucha intención de complicarse con una resolución que pudiera ser motivo de crítica política.

Da la sensación, por cómo está redactado el auto, que no se ha fundamentado bien la resolución y que tan sólo a atendido lo que desde Ejecutivo cántabro le han remitido sin atender a las consideraciones que han expuesto los hosteleros y que en otras comunidades si han tenido en consideración valorando la realidad de la situación sanitaria y de donde se contraen más los contagios.

Cuesta entender que jueces como el ponente de esta resolución, Rafael Losada ni quienes le acompañan en esa Sala de lo Contencioso-Administrativo, no sean conscientes de la realidad de la calle ni estudien con detalle la realidad de los efectos de la pandemia como demostramos el pasado domingo en el informe publicado sobre el COVID-19. A veces hay que buscar y recopilar información para no fiarse siempre de lo que una de las partes implicada expone en sus informes interesados, cuando la otra parte tiene en juego su sustento de vida, que probablemente no sea «reparable a posteriori».

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