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martes, diciembre 3, 2024

Esta noche a las 00,00 horas se pone fin al estado de alarma y al toque de queda

Desde esta media noche habrá libertad de horarios para moverse, nse puede salir de la comunidad y no habrá limitación de reunión de personas

Esta media noche (00,00 h.) se pone fin al estado de alarma decretado por el Gobierno del Pedro Sánchez el pasado 9 de noviembre, que tenía su vencimiento el día 9 de mayo, una situación que hará que el toque de queda que en Cantabria que estaba establecido a las 23,00 horas quede derogado y por tanto haya libertad de movimientos.

Otro de los aspectos que quedará liberalizado es el cierre perimetral de la región a partir del domingo. Sin embargo, el Ejecutivo cántabro ha anunciado que adoptará medidas concretas en cada municipio según su evolución de la pandemia.

Asimismo, sí que se mantiene el cierre del interior de la hostelería y los aforos. Los establecimientos deberán cerrar a las 22:30 horas a excepción de centros, servicios y establecimientos sanitarios; oficinas de farmacia; servicios de urgencia de centros de atención veterinaria; centros residenciales de servicios sociales, y gasolineras o estaciones de servicio.

En cuanto a las restricciones que ha impuesto el Gobierno cántabro, los establecimientos estarán obligados a cerrar como máximo a las 22:30 y no podrán admitir nuevos clientes a partir de las 22:00 horas. El objetivo de esta medida de limitación horaria pretende disminuir en los establecimientos abiertos al público las interacciones físicas estrechas en horario nocturno, «en el que se reduce sustancialmente la eficacia de otras medidas de prevención y control«, según el decreto publicado en el Boletín Oficial de Cantabria.

Además, en espacios públicos y privados el número máximo de personas permitidas, salvo que sean convivientes, sigue siendo de cuatro personas.

A partir de ese momento, una vez finalizado el estado de alarma, el Gobierno cántabro necesitará el aval de los jueces, en este caso el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) o en última instancia el Tribunal Supremo (TS), para las restricciones que afecten a los derechos fundamentales de las personas, como el toque de queda o la limitación de reuniones.

Una situación la jurídica que no parece estar muy clara, ya que el Gabinete Técnico del Tribunal Supremo ha emitido un primer informe sobre el decreto-ley aprobado esta semana por el Gobierno central, para que el Alto Tribunal tenga la última palabra sobre las restricciones sanitarias que adopte cada autonomía tras el 9 de mayo, en el que plantea una serie de problemas procesales y de insuficiencia de rango.

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