Está claro que la Justicia en Cantabria no está dispuesta a seguir los pasos de otras comunidades autónomas y así la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha vuelto a dar la espalda a los hosteleros cántabros desestimando su petición de abrir el interior de los locales.
El TSJC se vuelve a poner del lado del Ejecutivo cántabro, concretamente de la Consejería de Sanidad, del socialista Miguel Rodríguez, manteniendo la medida del cierre del interior de los establecimientos hosteleros, sin que haya una emergencia sanitaria palpable que lo justifique.
Según el TSJC, en el auto se indica que aceptar la medida cautelar solicitada una vez más por los hosteleros crearía «situaciones jurídicas irreversibles, haciendo ineficaz la sentencia que se dicte e imposibilitando el cumplimiento de la misma en sus propios términos».
En un auto poco comprensible vuelve a indicar como en veces anteriores que la Asociación de Hostelería, «no aporta prueba de los perjuicios que la aplicación inmediata de la medida cuestionada puede acarrear», aunque eso sí, reconoce que conlleva «obvios perjuicios económicos a los establecimientos», considera que éstos son «reparables a posteriori«.
Continua el auto en su exposición que frente al perjuicio económico, e «incluso moral y laboral» del sector hostelero, hay que poner en el otro lado «de la balanza simbólica de la ponderación está el interés general sanitario, la funcionalidad del sistema público de salud, el derecho a la salud de las personas y su derecho a la vida«, algo muy cuestionable a tenor del informe que publicamos el pasado domingo en CantabriaPress.com.
«La prevalencia de estos intereses generales, valores y derechos sobre los intereses económicos del sector representado por la Asociación recurrente es evidente» añade el auto.
El Gobierno de Cantabria, ha remitido al TSJC un informe de evaluación de riesgo y propuesta de actuaciones de respuesta ante la situación epidemiológica de covid-19, elaborado por Salud Pública; seis informes sobre la situación de covid en Cantabria entre el 14 y el 19 de abril; y otro informe de ‘Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de covid (actualizado a 26 de marzo)’, aprobado por la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
Contra este auto, cabe interponer recurso de reposición en el plazo de 5 días desde su notificación.