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viernes, marzo 29, 2024

El TSJC se contradice así mismo y confirma el cierre del ocio nocturno decretado por Miguel Rodríguez

La Sala de lo Contencioso-Administro rechaza la petición de los hosteleros de mantenerlo abierto en los 50 municipios en nivel 3 de alerta por lo que no habrá Cotillones de Nochevieja

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El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) se ha contradicho así mismo al mantener cerrado el ocio nocturno en Cantabria decretado por la Consejería de Sanidad del socialista Miguel Rodríguez, rechazando así la petición de los hosteleros cántabros que pedían mantenerlo abierto en estas fechas.

Así lo ha determinado en un auto la Sala de lo Contencioso-Administrativo, que contrariamente a lo dictado el pasado día 15 de diciembre, sí permite al consejero de Sanidad, Miguel Rodríguez, cerrar los locales de ocio nocturno.

El pasado día 15 de diciembre, hace exactamente 15 días, el TSJC dictaba una resolución declaradon «NULA» la Resolución de fecha 15 de agosto de 2020 por la que “Se suspende la apertura al público de las discotecas y salas de fiestas, bares especiales, pubs y whiskerías», al entender en dicha resolución que el régimen de delegación de atribuciones para dictar normas restrictivas de este derecho, no alcanza a las facultades o competencias de un Consejero de una Comunidad Autónoma.

Pues bien dos semanas más tarde, la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha confirmado el cierre del ocio nocturno en los 50 municipios de Cantabria que se encuentran en el nivel 3 de alerta sanitaria, que son todos los que tienen una población superior a los 5.000 habitantes.

La Sala, de forma incomprensible considera que la medida «es idónea en el momento actual, proporcionada y necesaria por atajar en cierta medida la evolución epidemiológica de la pandemia en unos días de fiesta que ya de por sí resultan propicios a las relaciones sociales».

Además, añade en su resolución que «la libertad de empresa, el derecho al trabajo y los perjuicios de todo tipo-no solamente económicos- que arrastra este cierre de establecimientos en una concreta época del año como el año nuevo, han de ceder nuevamente ante la situación sanitaria actual y su incidencia hospitalaria«, valoración esta poco comprensible con tan sólo 116 hospitalizados y 22 de ellos en la UCI.

De nuevo al Sala de lo Contencioso-Administrativo cede a las pretensiones de Miguel Rodríguez, a pesar de haber dictado una resolución contraria a este poder del Consejero de Sanidad y haciendo unas valoraciones impropias de un juez que no tiene capacidad sanitaria para determinar este asunto.

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