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viernes, febrero 14, 2025

El Parlamento aprueba por unanimidad la Ley de Pesca Marítima, Marisqueo y Acuicultura de Cantabria

Cantabria, que deja de ser la única comunidad costera sin una norma legislativa propia en este ámbito.

Guillermo balncoCantabria ya tiene su propia Ley de Pesca Marítima, Marisqueo y Acuicultura tras ser aprobada por unanimidad el Pleno de Parlamento, dejando de ser la única región costera que no disponía una norma propia de este tipo.

El consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, Guillermo Blanco (PRC), ha sido el encargado de exponer esta Ley señalando que es muy «completa», «muy ambiciosa» y con «mucho trabajo previo» detrás y que cuenta con el «beneplácito» del sector implicado.

En su intervención, Blanco ha indicado que se trata de una norma «de gran importancia» y «muy deseada» ya que han sido necesarios años para sacarla adelante, con la que se trata de llenar un «vacío legal» que se venía «arrastrando» desde siempre, porque «una región con 284 kilómetros lineales de costa, con siete puertos pesqueros, de gran tradición pesquera, y no nos lo podíamos permitir».

La Ley aprobada regula las competencias de la comunidad en materia de actividad pesquera en aguas interiores, acuicultura y marisqueo, indicando los principios, reglas y criterios generales para lograr «una reglamentación pesquera ordenada, sistemática y coherente» ha dicho el Consejero.

Además de regular el ámbito pesquero,suma las competencias en materia de buceo profesional, enseñanzas náutico-deportivas y subacuáticas, así como en materia de enseñanzas profesionales náutico-pesqueras que estaban reguladas en el ámbito estatal.

En la Ley, según Blanco, se «aclaran cuestiones confusas» y otras sin regular como la conservación, protección y regeneración de los recursos marinos en aguas interiores de Cantabria; el ejercicio de la pesca marítima, el marisqueo, la explotación de algas y la acuicultura; la ordenación del sector pesquero; la comercialización o transformación de los productos pesqueros; las actividades de buceo profesionales y recreativas; la formación en actividades náuticas y la inspección, el control y el régimen sancionador.

Se ha aprobado en una transaccional la condición de agente de la autoridad al cuerpo de funcionarios encargado de las labores de control e inspección. 

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