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viernes, abril 19, 2024

Admitida a trámite la querella por prevaricación contra Felipe Piña de los taxistas

El Juzgado de Instrucción número 1 de Santander, ha dado a los servicios jurídicos del Gobierno de Cantabria un plazo de cinco días para remitir el informe del departamento que dirige Piña sobre la transmisión de la autorización del taxi de un conductor de Cabezón de la Sal.

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La querella por un presunto delito de prevaricación administrativa contra el director general de Transportes y candidato del PRC a la Alcaldía de Santander, Felipe Piña, presentada por la Federación Cántabra del Taxi, ha sido admitida a trámite el Juzgado de Instrucción número 1 de Santander.

El titular del Juzgado, en su auto, ha dado a los servicios jurídicos del Gobierno de Cantabria un plazo de cinco días para remitir el informe del departamento que dirige Piña sobre la transmisión de la autorización del taxi de un conductor de Cabezón de la Sal.

En su querella, los taxistas consideran que el director general de Transportes cometió una prevaricación continuada por denegar la tarjeta de transporte a ese taxi, que transmitió el conductor perjudicado tras su jubilación.

Algo que según la Federación del Taxi «es totalmente contrario a la actuación desarrollada por la Dirección General de Transportes durante 43 años», en una resolución dictada el pasado 21 de febrero por Piña en la que denegaba una autorización para la transmisión de una licencia de taxi de Cabezón de la Sal a uno de los asociados de la Federación por jubilación tras la jubilación del anterior titular.

En su resolución, el Director Regional de Transporte, justificaba la negativa indicando que la autorización que se solicitaba no tiene encaje en ninguno de los supuestos que recoge la normativa, entre los que no se incluye la jubilación, según su criterio.

Algo que parece que se contradice con la ordenanza reguladora del servicio de autotaxi de Cabezón de la Sal que se encuentra «plenamente vigente y de plena aplicación», según la Federación del Taxi, y que sí recoge como supuesto de transmisión de las licencias la jubilación.

«Carece de funciones jurisdiccionales para establecer a su mejor criterio la legalidad o no de una norma», entienden los taxistas, para quien Piña no tiene «competencias para entrar a juzgar la viabilidad de la transmisión de la autorización» ya que esto es competencia local.

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